El 6 de abril de 2017 se publicó en el Diario de C.A. el Decreto No. 7-2017 del Congreso de la República, el cual contiene reformas al Código de Trabajo implementando un nuevo sistema de aplicación de sanciones derivadas por infracciones a las leyes laborales por parte la Inspección General de Trabajo. Entre otros temas, el referido Decreto contiene lo siguiente:
Establece que los Inspectores de Trabajo realizarán inspección y vigilancia del cumplimiento por parte de los empleadores de las disposiciones del Código de Trabajo, sus reglamentos, convenios de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) ratificados por Guatemala, los pactos o convenios colectivos de trabajo vigentes en las empresas y demás normas laborales.
Otorga facultades al Delegado Departamental de la Inspección General de Trabajo de determinar la sanción administrativa aplicable en caso de infracción laboral, en aquellos casos que no sean de conocimiento y competencia exclusiva de los tribunales de trabajo.
Se incrementan los montos pecuniarios derivados de la imposición de multas, conforme al tipo de falta en que se incurra.
Se crea el Registro de Faltas de Trabajo y Previsión Social.
Se establece nuevo procedimiento para la realización de las inspecciones en los centros de trabajo.
Se establece el trámite del proceso Contencioso Administrativo de Trabajo y Previsión Social ante un Juez de Trabajo y Previsión Social
Estas disposiciones entrarán en vigencia a los dos meses de su publicación en el Diario Oficial, es decir 6 de junio de 2017
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