
Su concepto vas más allá de su significado “lejos de la ribera o en alta mar”. Normalmente estas compañías se usan para proteger el capital y los bienes de una persona individual o jurídica. El inversionista limita su responsabilidad y a su vez obtiene un régimen impositivo beneficioso, regularmente en las sociedades Offshore no existen imposiciones tributarias ya sea sobre las ganancias o el patrimonio, siempre y cuando estas sean realizadas fuera de plaza, es por ello que a este tipo de sociedades se les denominan “paraísos fiscales”.
Dentro de las principales estructuras legales de las compañías Offshore tenemos:
Sociedades Anónimas
Sociedades de Responsabilidad Limitada
Fundaciones de Interés Privado
Fideicomisos (Trust)
¿Qué criterios debo considerar para constituir una Sociedad Offshore?
1. Protección de activos: Si la compañía es susceptible de demandas judiciales siendo las más comunes las de tipo laboral, debe buscar como minimizar los bienes sujetos a embargo.
2. Negocio con perfil internacional: Si su compañía realiza operaciones mediante la web y pagos de transacciones en línea, el uso de la una sociedad offshore puede ser conveniente para su estructura de negocio.
3. Herencias y Donaciones: Si es sujeto a una posible herencia o donación, está obligado al pago del impuesto de herencias, legados y donaciones; pero si lo recibe en una jurisdicción offshore, estos se encuentran libre de impuestos.
4. Planeación Fiscal Internacional: Como herramienta de planeación y diversificación del portafolio de negocios, las personas (físicas o jurídicas) pueden buscar como minimizar los costos impositivos, e incrementar sus utilidades mediantes estrategias legalmente permitidas.
Existen muchas jurisdicciones Offshore (ver tema de “Paraísos Fiscales”), nos limitaremos a hablar sobre Panamá, país que mediante la promulgación de la Ley No. 32 (desde 1927) le da vida jurídica a las sociedades anónimas, convirtiéndola en una jurisdicción de operaciones Offshore.
¿Qué Ventajas y Atractivos brindan una Sociedad Anónima?
Entre los muchos beneficios que brinda el constituir una Sociedad Anónima en Panamá, podemos mencionar que:
a) Ni los accionistas ni los directores tienen que ser residentes de Panamá. Los directores deben ser por lo menos tres (3) personas.
b) No es necesario que el Capital Social esté suscrito ni desembolsado en ninguna de sus partes. La ley no señala cual es el capital mínimo que debe tener la sociedad. Se paga el derecho mínimo de registro si el capital es de hasta US$ 10,000.00 dólares o si el mismo está representado por hasta 500 acciones sin valor nominal. No será necesario emitir acciones, a menos que la Junta Directiva así lo decida.
c) Mientras la sociedad se dedique exclusivamente a ejercer actividades fuera de Panamá, el único impuesto que debe pagar es el impuesto de Sociedades Anónimas (Tasa Única).
d) La sociedad, una vez constituida podrá mantener su vigencia mientras efectúe el pago de la Tasa Única, antes mencionada.
e) En el caso de que se quiera inscribir en el Registro Mercantil del Registro Público documentos relacionados con enmiendas del Pacto Social, elecciones de Directores y Dignatarios de la sociedad, deberá hacerse por medio del Agente Residente, que debe ser un abogado o firma de abogados.
f) La sociedad no tendrá existencia legal sino hasta que el pacto social quede inscrito en el Registro Mercantil. Por lo tanto, no se debe efectuar negociación alguna, a nombre de la misma, hasta que la inscripción quede terminada.
g) La sociedad puede, en cualquier momento otorgar Poderes Generales o Especiales, según la Junta Directiva determine.
h) No hay ninguna objeción a que el capital sea suscrito y pagado totalmente por extranjeros.
i) La sociedad no tiene que pagar impuesto sobre la Renta (o utilidades) por operaciones realizadas fuera del territorio de la República de Panamá (Offshore) ya que en Panamá rige el principio de territorialidad en materia fiscal. Con relación a tales operaciones no hay necesidad siquiera de presentar la correspondiente declaración de renta. Mientras la sociedad no haga negocios dentro del territorio de Panamá, no será necesario presentar informes o balances de ninguna clase a las autoridades locales (libros contables y estados financieros).
j) La sociedad se compone de la Asamblea General de Accionistas (Poder supremo), la Junta Directiva y los Dignatarios.
¿Cuáles son las Características Propias de la Sociedad Anónima Panameña?
Las Características más sobresalientes de una sociedad anónima son:
A. La Asamblea General de Accionistas elige los miembros de la Junta Directiva, cuyo número no puede ser inferior a tres. A excepción de las sociedades que vayan a ejercer en Panamá el comercio al por menor, los accionistas no tienen que ser panameños, ni residir en Panamá.
B. La Junta Directiva tiene la administración y dirección de los negocios de la sociedad. Puede ejercer todas las facultades de la sociedad salvo las que la Ley, el Pacto Social o los Estatutos confieren o reserven a los accionistas. Los miembros de la Junta Directiva no tienen que ser accionistas.
C. Toda Sociedad Anónima debe tener un Presidente, un secretario y un Tesorero, quienes serán elegidos por la Junta Directiva; y podrá también tener todos los dignatarios, agentes y representantes que la Junta Directiva, los estatutos o el Pacto Social determinen, y que serán electos de la manera que en ellos se establezca.
D. Las reuniones de la Junta Directiva y de los accionistas podrán celebrarse en Panamá o fuera de Panamá y los directores pueden estar representados y votar mediante apoderados constituidos por documentos público o privado, si así se estipula expresamente el Pacto Social.
E. Las acciones dejaron de ser al portador y ahora mediante la Ley No. 47 las mismas deben ser nominativas; dicha ley busca una mejor transparencia para evitar el blanqueo de capitales y así salir de la lista gris del GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional).
La triangulación comercial y la re facturación
Como estrategia de negocios y de acuerdo a su funcionamiento y estructura, las compañías pueden adoptar este sistema fácil de emprender, y el cual le tiene grandes ventajas fiscales y ahorro de costos financieros, ya que el proceso puede darse desde la comodidad del país residente de la compañía con las operaciones que debe realizar la Offshore, para realizar las triangulaciones se necesitan los siguientes elementos:
– Empresa y/o país Origen
– Empresa Offshore
– Empresa Proveedora