
El 28 de marzo de 2016, el Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria, publicó en el Diario de Centro América el Acuerdo No. 002-2016, el cual contiene el Régimen Factura Electrónica «FACE 2»
Dicho Acuerdo establece las características y funcionamiento de un nuevo régimen de facturas, notas de crédito, notas de débito y otros tipos de documentos obligatorios, autorizados para su entrega en medio electrónico o por medio de su representación gráfica; así como el procedimiento para que los documentos obligatorios autorizados para su emisión y entrega en papel sean resguardados electrónicamente.
El FACE 2, es el nuevo régimen que la Administración Tributaria ha publicado para actualizar lo establecido en el FACE 1 vigente desde el año 2007 por medio del Acuerdo del Directorio de la SAT No. 024-2007 y modificado en el año 2011 por medio del Acuerdo del Directorio de la SAT No. 08-2011, que obligaba a ciertos contribuyentes a utilizar documentos electrónicos o bien al menos resguardar en forma electrónica sus documentos emitidos en papel.
El artículo 3 de dicho acuerdo establece que Documento Tributario Electrónico (DTE), es un archivo electrónico en formato XML, que el EFACE puede entregar en medio electrónico o por medio de su representación gráfica. El término comprende a la factura, factura especial, nota de crédito, nota de débito y otros tipos de documentos obligatorios autorizados por la SAT.
Los DTE deben cumplir con los requisitos establecidos en la Ley del IVA y su Reglamento, con las disposiciones legales que correspondan y con las características siguientes:
Los DTE deben emitirse conforme con las disposiciones legales vigentes, observando los requisitos establecidos en la Ley del IVA y su Reglamento e incorporando las características siguientes:
Asi mismo el Emisor de Facturas Electrónicas (EFACE), previo al vencimiento del plazo de presentación de la declaración jurada del IVA de un determinado mes, el EFACE por medio del sistema del GFACE debe verificar que los DTE y los DOP resguardados cuadran con su respectivo registro contable.
El Acuerdo entró en vigencia el 29 de marzo de 2016.